lunes, 26 de julio de 2010

LOS PRECEDENTES VINCULANTES DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


Artículo VII del TPL del Código Procesal Constitucional:
Las sentencias del Tribunal Constitucional que adquieren la autoridad de cosa juzgada constituyen precedente vinculante cuando asi lo exprese la sentencia, precisando el efecto normativo. Cuando el Tribunal Constitucional resuelva apartándose del precedente, deberá expresar los fundamentos de hecho y de derecho que sustentan la sentencia y las razones por los cuales se apartan del precedente.




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